jueves, 27 de junio de 2019

CRONOLOGIA DE IRREGULARIDADES E ILEGALIDADES


Tras  la ratificación  de  la demanda realizada por Haritzalde Naturzaleen Elkartea contra el Ayuntamiento de Donostia por amparar actuaciones ilegales con la emisión de una licencia de obra municipal ilegal en Belartza Alto vía sentencia 291/2019  del TSJPV, les adjuntamos una cronología sintetizada de las irregularidades cometidas en el ámbito  que motivaron el traslado de los hechos a  los tribunales.


CRONOLOGIA:
•        ABRIL 2016, PRIMERA SEMANA: comienzan las obras Mercadona en una antigua cantera, con sendos informes municipales de existencia de suelos contaminados en su haber.
                Las decenas de miles de toneladas de residuos extraídas de la excavación deberían haber sido trasladadas a un vertedero autorizado, en su lugar, un flujo incesante de camiones vierte los residuos, presumiblemente contaminados, sobre un hábitat de interés comunitario, en una zona de campiña de Belartza Alto, sin ningún tipo de licencia. Para ello talan arbolado, hacen pistas ilegales, sepultan un cauce de agua permanente. Los hechos son inmediatamente denunciados de manera oficial sin emitirse ningún dictamen u orden de suspensión por parte de los responsables municipales.
Mientras el vertido sigue desarrollándose con varias decenas de camiones vertiendo cada día, impunemente y  durante semanas  la empresa VUSA se dedica además a revalorizar los residuos vertidos a áridos,  triturándolos in situ para su reutilización en otras obras vinculadas directa o indirectamente a la misma, ampliando el daño ambiental ejercido por el vertido masivo. Esta actividad económica totalmente ilegal y sin licencia, se realiza a cielo abierto, con importante impacto ambiental sobre el medio, flora y fauna, es denunciada oficialmente y sorpresivamente tampoco es suspendida ni sancionada.
El vertido ilegal, sin licencia, alcanza ya  más de 115.000m3 y 4 hectáreas de extensión  con más de 7 metros de altura a principios de mayo de 2016.

Los vecinos y ecologistas denuncian reiterada e incesantemente los hechos llamando a Guardia Municipal, por registro municipal múltiples veces o en Diputación, Gobierno Vasco, Ertzaintza y Ararteko. La administración competente es el Ayuntamiento que, pese al pleno conocimiento de los hechos por parte de técnicos y concejal de urbanismo, no paraliza los trabajos y los camiones siguen depositando los materiales sin interrupción durante semanas.
                Ecologistas y vecinos, indefensos, se unen en rueda de prensa denunciando públicamente los hechos el 12 de mayo de 2016.
Acto seguido  tras recepción “ese mismo 12 de mayo” de un proyecto de <vertido de tierras procedente de  Añ.13.2 Cantera> se emite informe técnico municipal precario el 13 de mayo. Enrique Ramos, Concejal de Urbanismo, emite inmediatamente una licencia de Obra Mayor en fecha  16 de MAYO, pero no suspende ni un solo instante las obras clandestinas denunciadas desde inicios de abril. Ramos firma la licencia para un <vertido temporal de 20 meses>, antes de cuyo fin el lugar debería ser repuesto a su estado original.
         Los responsables de urbanismo defienden ante los denunciantes que los promotores habían solicitado hacer el vertido meses antes, alegando que ‘la solicitud se había perdido’; los ecologistas y vecinos, asesorados jurídicamente, sospechan del inusual ‘extravío’ del documento con entrada por registro, al tratarse de una obra no legalizable. Así, el extravío de la solicitud evitaría un inevitable pronunciamiento jurídico previo en sentido negativo, lo cual hubiese impedido la lucrativa jugada a la empresa.
         La  ahora demostrada  ilegal licencia sin dudas de hecho ni de derecho  (sentencia TSJPV  291/2019)  fue en ese momento emitida apresuradamente bajo la presión de semanas de denuncias continuadas, por el Concejal Enrique Ramos. En el momento de su emisión la licencia era tan precaria que  no disponía ni:
-      De preceptivo informe jurídico sobre la legalidad de la actuación (de haberlo, hubiera sido negativo)
-      De pliego de condiciones técnicas.
-      De número de expdiente/licencia
-      Su contenido atenta contra la norma que rige el urbanismo, la Ley del Suelo.

               
Tras ser recurrida administrativamente  vía recurso de reposición por parte de Haritzalde y más colectivos, el ayuntamiento niega su ilegalidad y sigue amparando una actuación contraria a la Ley con gravísimos impactos sobre medio ambiente y paisaje. Haritzalde Naturzaleen Elkartea recurre la licencia en el Juzgado por la vía contencioso administrativa y la Ertzaintza, al ver indicios de delito, traslada a Fiscalía los hechos.
                Los promotores, prevaleciéndose de una ausencia de control técnico y municipal sobre su actuación, extraen,  trasladan  y utilizan materiales del vertido  con fines lucrativos para su uso en  la urbanización de Arbaizenea, a terrenos bajo la autovía en Astigarraga y a una parcela privada en Orio, sin consecuencias suspensiones ni sanciones, pese a ser dichos hechos denunciados no solo a instancia municipal sino en sesión plenaria en el Parlamento Vasco (3/11/2017).
•        25 DE MAYO DE 2016. Como resultado de las denuncias previas ante los responsables municipales por parte de Haritzalde, se acaba por publicar en el  BOG de manera inaudita  la licitación del contrato de las obras de Mercadona: Las obras de urbanización de Mercadona y el vertido de Belartza se han estado ejecutando durante dos meses sin el preceptivo concurso público. Debido a nuestra denuncia, el Ayuntamiento ordena la suspensión de  la obra. Denunciamos que las obras prosiguen desatendiendo dicha orden,  pero el ayuntamiento no abre expediente sancionador por ello.
•        JUNIO DE 2016:
El ayuntamiento abre una propuesta de expediente sancionador por el que denomina <movimiento de tierras> inical, sin ajustarse a la naturaleza de la actuación o su propia licencia ilegal,  que hablaba de <relleno provisional> o <vertido> en el caso de os promotores. El importe propuesto, condescendiente con todo el comportamiento de los infractores se culmina con 6000€, casi el mínimo legal permitido,  (120.000m3 de vertido, equivalencia de 20€ de multa por cada m3 vertido), pese a todos los infinitos incumplimientos. Dicha propuesta es sendamente alegada por Haritzalde oficialmente, sin recibir respuesta alguna.

•          31  DE OCTUBRE DE 2016. Haritzalde y la Plataforma BELARTZA 2 GELDITU denuncian  que la empresa extralimita el condicionado del vertido en superficie y altura. Sin margen de maniobra, y sin ejercer ningún seguimiento ni control sobre la actuación ilegal, el Ayuntamiento se ve obligado a volver a ordenar la  suspensión la obra.

•        19 DE ENERO DE 2017. La empresa mete por registro municipal un documento  o declaración de intenciones <comprometiéndose a retirar  todo el vertido antes del 31 de julio  2017 a cambio del levantamiento de la suspensión>.

•          02 DE AGOSTO DE 2017. Contraviniendo su anterior escrito y pasado el mes de julio, los promotores lejos de retirar el vertido,  meten por registro una solicitud de autorización para el mantenimiento del vertido en el lugar. Paralelamente meten por registro la documentación para iniciar el trámite de la MPGOU y hacer un macropolígono comercial, Belartza 2, para lo que incluyen y justifican necesitar el material del vertido para su balance de tierras. El vertido sigue teniendo una licencia temporal recurrida en tribunales, a espera de sentencia, al ser considerada contraria a la Ley.

•          25  DE SEPTIEMBRE DE 2107. El Técnico Jurídico Municipal resuelve denegar la autorización para mantener el vertido. Ecologistas y vecinos siguen denunciando la ilegalidad de la actuación autorizada por el ayuntamiento.

•          26  ENERO DE 2018.  Se cumple el plazo de 20 meses de la licencia ilegal dada por el ayuntamiento. Los promotores no retiran el vertido en el plazo y el  ayuntamiento se ve obligado a dictar una orden de demolición y reposición al estado original, con el plazo de UN MES.
En la misma se advierte que el incumplimiento dará lugar a sucesivas multas coercitivas y el traslado al Ministerio Fiscal de existir indicios de delito de desobediencia.  El tiempo demostrará que esa desobediencia es tácita y explícita, sin que el ayuntamiento facultado para ello, traslade los hechos a Fiscalía.

•       23 FEBRERO 2018. La empresa hace alegaciones al expediente de la obra clandestina, alegando que necesita los materiales para Belartza2 y que “el Ayuntamiento es conocedor de esa realidad al estar cooperando con la sociedad en la promoción de la nueva ordenación. Alega el grave perjuicio económico que supondría a la Sociedad”.


•       25 FEBRERO 2018. El Ayuntamiento bajo la fiscalización de ecologistas y vecinos, se ve obligado a incoar el procedimiento sancionador por no haber retirado el vertido de tamaño de 4 estadios de Anoeta y 7 metros de altura con materiales de la cantera de Mercadona, presumiblemente contaminados.

•       28 FEBRERO 2018. Los promotores presentan un recurso de reposición a la orden municipal que dicta retirar el vertido y devolver el lugar al estado original.

•       08 MARZO DE 2018. El Técnico Jurídico Municipal DESESTIMA el recurso ratificando que el  vertido ha de ser retirado y devuelto a su estado original el medio alterado.

•       12 MARZO DE 2018. El ayuntamiento emite una propuesta de  sanción de sólo 4000€ a la no retirada del vertido, pese a <reconocer los daños a intereses públicos al degradar se el paisaje>, no se hace valoración de los daños ambientales objetivos y objetivables, un entorno natural con fauna protegida y el cauce sepultado.

•       13 MARZO 2018. El ayuntamiento de Donostia convoca con una semana de antelación la reunión informativa a la ciudadanía parte del trámite para  la Aprobación Inicial  del macropolígono comercial Belartza 2  mediante MPGOU, colgando un borrador técnico e incomprensible al ciudadano medio  en su web. El proyecto cuadriplica la ampliación de suelo comercial de Garbera y es de impacto sobre toda la ciudad, pero su convocatoria se limita a algunos portales del barrio de Añorga, con 5 días de antelación. La convocatoria no es publicitada en prensa y la ciudadanía no puede participar ni ser informada del proyecto. Tampoco las asociaciones de pequeño comercio, gravemente afectadas por la construcción de este megaparque comercial de Donostia. La sesión informativa a la ciudadanía supone el único lugar y momento donde se recogen las aportaciones ciudadanas en la elaboración del proyecto en el marco del preceptivo Programa de Participación Ciudadana, exigido necesariamente para la  aprobación el proyecto.
Los promotores de la obra de Mercadona y responsables del vertido ilegal, están presentes y  representados en dicha reunión informativa a la ciudadanía.  
En el seno de dicha sesión, en respuesta a las preguntas de los asistentes los promotores manifiestan: <no vamos a negar que los materiales se vertieron con   intencionalidad para usarlos en la nueva ordenación> o construcción del macropolígono Belartza 2. El abogado de la sociedad informa que <no sacarán el vertido> y manifiesta, ante el propio concejal y  la absoluta  perplejidad de los asistentes, que <‘las sentencias tardan lo que tardan y esto va para adelante’>.
                A tal afirmación se le pregunta al concejal Enrique Ramos si el ayuntamiento obligará a la empresa a sacar los materiales; se le pregunta si condicionará sacar el vertido (cumpliendo su propia resolución), a seguir con las negociaciones de la redacción del macroproyecto; se  le pregunta si el ayuntamiento, ante tal negativa, ejercerá su potestad de iniciar inmediatamente la ejecución subsidiaria y retirada de los materiales con cargo a la empresa. El Concejal, evitando responder directamente, dice:<nos limitaremos a cumplir los plazos legales>. Se le vuelve a preguntar si el Ayuntamiento, con plena potestad y capacidad para impedirlo, permitiría a los promotores empezar a hacer uso del vertido, pese a que los promotores recurran vía contencioso la resolución del Ayuntamiento. Su respuesta es la misma: nos limitaremos a cumplir los plazos legales.
                Enrique Ramos, como responsable máximo de las decisiones de Urbanismo, puede hacer cumplir la orden de retirada del vertido como exige la Ley o, en su defecto, puede optar por la vía de ejecución subsidiara con cargo a la empresa. Pero es que además tiene plena facultad, en el seno de sus negociaciones y cooperación con los promotores para Belartza 2, para condicionar la tramitación al cumplimiento de la retirada de los materiales resuelta por el Ayuntamiento, por su propio Departamento.
                De la misma manera, Enrique Ramos tiene plena capacidad para realizar una segunda sesión informativa del Proceso de Participación Ciudadana, habida cuenta de la falta de publicidad y las deficiencias denunciadas en la exposición del documento. La Ley exige al menos una sesión, pero no impide la celebración de una segunda o de poder realizar las aportaciones ciudadanas por escrito, que hasta ahora es a lo que edil se opone. Si el Concejal en ese momento  representara realmente a los ciudadanos y velara por el interés general, no dudamos en que dicha sesión ciudadana se celebraría, así como la inmediata retirada de los residuos.

         El reconocimiento de la intencionalidad del vertido, su deliberada inclusión para su uso en la tramitación  para construir in situ un gran parque comercial en la ciudad vía MPGOU  en colaboración de la redacción con el ayuntamiento y la consecuente  negativa a la retirada del vertido y restauración de la zona a su estado natural anterior son hechos que hablan por sí solos. 


§  ENERO 2019
La tramitación municipal para la construcción del macroparque comercial BELARTZA-2 en la zona sigue adelante en colaboración con los infractores, que se niegan a retirar los materiales y recurren las evitables multas coercitivas municipales, alargando los plazos en previsión de una inminente Aprobación Inicial del proyecto, que los legalizaría.

Desde el año 2016, en el que comenzaron a sucederse las continuas ilegalidades e  irregularidades por parte de ayuntamiento y promotores de Mercadona y  macroparque comercial  Belartza2, Haritzalde y la Plataforma Belartza-2 Gelditu no tienen dudas de que el vertido ilegal y su permisividad  fue una maniobra integrada dentro de una estrategia de hechos consumados  para la ejecución de un proyecto urbanístico.

§  JUNIO 2019
El TSJPV ratifica en su extensa sentencia 291/2019  la disconformidad a derecho de la concesión de la licencia por parte del Ayuntamiento de Donostia demandado por la asociación naturalista Haritzalde. Se reconoce sin dudas de hecho ni de derecho la disconformidad de la licencia municipal al vertido de Belartza Alto a la legalidad urbanística, sin amparo en la regulación normative vigente y aplicable.
Se establece en dicha sentecia la obligación  de restablecer la situación derivada de la ejecución de la licencia illegal anulada.

EAE-ko AUZITEGI NAGUSIKO EPAIA: ARRAZOIA EGNUEN


Belartza 2 Gelditu eta Harizalde Naturzaleen Elkarteak 2016 urteko apirilaren lehen astetik  hona “Añ.-Belartza Cantera” eta “Añ.- Belartza Alto” eremuetan eman ziren lanak eta jarduera ilegalak salatu izan ditu hiru urteren epean Donostiako Udalean. Lizitazio eta baimenik gabe eman zen Belartzako Harrobiko  hondeaketatik ateratako kutsatutako lur, harri eta materialak, Belartza Gaineko  eremuko landazabaleko belazean pilatzen hasi ziren obra-sustatzaileak udal baimenik gabe garai horretan. Donostiako Udaleko Hirigintza zinegotzia zen Enrique Ramos jauna, obra udal baimen ilegala eman zuen 2016ko maiatzaren 16ean, orokorra, edukirik gabekoa, zenbakirik gabekoa, txosten juridikorik gabekoa eta inondik inora Lurzoruaren Legearen barne onarpenik izan ez zezakeena, legearen kontrakoa baitzen.



Belartza 2 geldituk eta Haritzaldek errekurtso eta salaketa ugari egin izan behar ditugu ilegalki eman zen baimen horren zuzenketa egin zedin, udaletxearen legearen kontrako erabaki honek ingurumen, paisaia eta Habitat Zuzendaritza babesten zuen zonaldearen txikizio eta hondaketa bideratu du, fauna, flora, bioaniztasun, errekasto eta bertako ekosistemari kalte iraunkorrak eraginez.
Legeari jarraituz materialak baimendutako hondakindegira  ez eraman ezezik, Donostiako udaletxeak VUSA enpresari material kutsatu horiek hondakin horiek partidak neurrira  atera eta beste obretan etekin ekonomikoaz erabiltzen utzi diete zigorrik gabe: Arbaizeneako urbanizaziora, autobía azpiko Astigarragako lursailetara, nahiz Orioko partzela pribatu batera: inongo kontrol teknikorik gabe eta elkarte honek ofizialki salatu bazuen ere. Udal obra baimena eta gaineko erakundeetatik agindutako baldintza teknikoak ere ez zituen ere VUSAk bete, ondorio ekonomikorik gabe salatu bazen ere.

Beharrez eta salatutako betebehar hau  ezin saihestu, 120.000 m3-ko “lur mugimendu” ilegalarengatik 6000€ isun minimoa jarri zuen udal honek (20€/ m3) eta horren gainetik 20 hilabeteko isurpen ilegalaren iraupena baimendu zuen obra baimena bukatzean, VUSA enpresari materialen hustutzea eta zonalderen lehengoratzea beharrez errejistroz berriro ere Udalak agindua eman ziezaion eskatu genion.

Udalak 2018 urtearen urtarrilean ekin zion zigor espedienteari enpresak isurketa ilegala ez atera eta zonaldea lehengoratzeagatik, gure eskaeraren ostean. Baino Enrique Ramos zinegotziaren aurrean, material horien gainean Belartza-2 makroparke komertziala egiteko HAPO Aldaketarako Hiri Partaidetza martxoko bilera irekian, materialak EZ ZITUZTELA ATERAKO aitortu zuten sustatzaileek argi eta garbi udaletxera zuzenduriko hainbat dokumentutan: materialak hortik ateratzea ekarriko liokeen kalteordaina ezezik, eta BELARTZA-2 hirigintza planeamendu berrian erabiltzeko asmoa zutela erregistroz sartutako dokumentuetan dago. Udalak hilabeteetan bere ahamenaren barne ez dio zonaldearen lehengoratzeari  ekin, eta guretzako arrazoia argia da: orain arte isun bakoitzeko notifikazio amaiezin eta makina bat errekurtso izan dira epeak luzatuz, bitartean BELARTZA-2 makroparke komertziala egiteko udal tramitazioa aurrera zihoala. Donostiako Udalak egungo ilegaltasunaren jakitun, lege-urratzaile hauekin batera idatzi eta tramitatzen dabilen HAPO aldaketak, material horien erabilpena barneratzen du (eta berez etekin ekonomikoa erabilpen horregatik eta gunetik legez  ez ateratzeagatik); BELARTZA-2ko Hasierako Onarpena betearzapen subsidiario egiteko epea aurretik iristekotan hondakinen erabilpena legalizatuko zatekeen, BELARTZA-2ko proiektu berriak hauen erabilbena barneratzen baitzuen. Interes pribatuak interés orokorraren gainetik gailentzen aritu dela udala dirudi. Ohar honekin batera lekuan emandako etengabeko irregulartasun eta ilegaltasunen kronologi zerrenda dokumentua atxikitzen dizuegu laburtuta, zeuen aztertze eta konklusiorako. Udaletxeak 7milioi € gutxienez poltsikoratzea pentsatuta zuen proiektu honekin.

Belartza 2 Gelditu eta Haritzaldek Donostiako Alkate, Zinegotzi, Hirigintza Sailari eta Ingurumen Batzorde Sektorialari ere, udaletxeak betearazpen subsidiariora pasa dadin eskatu diogu behin eta berriz, ingurumenari eragiten ari zaizkion kalteak handiak baitira. Udalaren <eraisteko, lehengoratzeko eta zigor espedientea>ri jarraituz eta EAE-ko Auzitegi Nagusiko 291/2019 Epaiari jarraituz berriro eskatuko dugu:

1.-  Udala betearazpen subsidiariora ekin diezaion sustatzaileei beste isun bat jarri ordez.
2.- Udalak kaltetutako gunea berreskuratzeko Birsorkuntza Proiektua berehala eta atzerapenik gabe enkargatu dezan iada.
3.- Udalak lizitazio eta lehiaketa publikoa berehala eta atzerapenik gabe martxan jar dezan.

Ilegalki eraldatutako eremuaren lehengoratze betearaztea ez dago gehiago atzeratzerik. Bere izaera naturalera bueltatu behar du udaletxeak, eta erakunde honi eskatzen dizkiogu jarduera ilegalak  paisaia eta ingurumenaren gainean eduki dituen ondorio eta kalte guztien  erreparatze ardura guztiak.
Hiru urteren ostean, Auzitegi Nagusiko epaiak argi uzten du ez zegoela ez zuzenbide ez egintza dudarik emandako udal baimenaren legearen kanpoko izaeraz eta honek ekarritako ondorioen erreparatze eta lehengoratze ardura duela salatu eta kondenatuta izan den Donostiako Udaletxea.
Auziaren kostuak ordaintzera kondenatzen du auzitegi Nazionalak Donostiako Udaletxea:cJuridiskzio Legearen 139.  artikuluak esaten duenez, kondenatutakoa bere jarduera fede txarrez edo osartzaunez mantendu duenari ezartzen zaio kostu kondena.

Gertakari sinesgaitz guztien zerrenda luzea dela eta bertan egon diren irregulartasun guztien ardura argitzeko ikerketa udal komisio bat egon dadin eskatzen du salatzaile izan den elkarte honek.                                                                                      

Gaur, gertakarien bi urteren ostean  eman den  prentsaurrekoa
(2016/06/7)

/
/Donostian, 2019ko ekainaren 27an

SENTENCIA TSJPV BELARTZA: TENÍAMOS RAZÓN

EL AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA AVALÓ CON UNA LICENCIA ILEGAL UN VERTIDO TOTALMENTE FUERA DE LA LEY


Belartza -2 Gelditu Harizalde Naturzaleen Elkarteak  ha denunciado durante tres años y desde principios de abril de 2016  las inumerables actuaciones ilegales que han tenido lugar en los ámbitos “Belartza Cantera” y “Belartza Alto”.  Las tierras y materiales extraídos de la excavación de Belartza Cantera fueron vertidos por los promotores  sin ningún tipo de licencia en el marco de unas obras,  las de construcción de la Mercadona, que estuvieron  realizando durante semanas sin licencia ni licitación.


El entonces Concejal de Urbanismo Enrique Ramos, emitió una licencia de obra ilegal el 16 de mayo de 2016, general, sin contenidos, sin número de expediente, sin preceptivo informe jurídico y sin cabida en la legalidad urbanística vigente, al ser contraria a la Ley del Suelo.

Haritzalde y los vecinos han tenido que hacer incontables denuncias y recursos con la pretensión de  que se anulara dicha licencia municipal ilegal que daba  amparo  a una actuación ilegal sin precedentes con gravísimos impactos irreversibles sobre la fauna, flora, biodiversidad, cauces permanentes y ecosistema local de un área natural protegida por la Directiva Hábitat..
Además de no depositar los materiales en vertedero autorizado confome a la ley, el Ayuntamiento de Donostia permitió que la empresa VUSA hiciera uso de partidas de ese material ilegalmente depositado para su propio beneficio, reutilizándolo lucrativamenteo en obras a las que la empresa se vinculaba directa o indirectamente, como la urbanización Arbaizenea en Aiete, los tajos bajo la autovía en Astigarraga o una parcela particular en Orio.

Sin poder  sortear la obligación de tener que sancionar la ejecución inicial del vertido previa a la emisión de su licencia municipal ilegal, el Ayuntamiento propuso la imposición de una sanción mínima de  6.000€ para  un vertido de  120.000 m3, es decir, una equivalencia de 20€ de sanción por cada  m3 vertido ilegalmente. Nuestras alegaciones  a dicho sanción condescendiente con los infractores no fueron atendidas. Superados los 20 meses de vertido  autorizados por medio de la controverida licencia  contraria a la ley, volvimos a pedir la orden de municipal de retirada de los materiales y restauración de la zona destruida.

El Ayuntamiento inició en enero de 2018 el expediente sancionador  por no cumplir con la retirada y restituación del área tras nuestra solicitud. Pero en la polémica reunión abierta a la ciudadanía para informar de la MPGOU para realizar el macroparque comercial BELARTZA-2 en el  mismo ámbito del vertido ilegal, los promotores reconocieron claramente ante los asistentes QUE NO IBAN A SACAR LOS MATERIALES VERTIDOS.
Los promotores e infractores, ya habían presentado a través de numerosa documentación su intención de hacer uso de los materiales vertidos para el proyecto  urbanístico de BELARTZA-2, se reconoce en los mismos el perjuicio económico que le ocasionaría su retirada y la intención de hacer uso de dichos materiales está plasmada en variada documentación metida por la empresa por registro.
Dentro de su plena potestad legal, el Ayuntamiento no ha procedido hasta la fecha a la ejecución subsidiaria tras la negativa explícita a la retirada de los materiales por parte de la empresa.  Hasta ahora esa dilación ejercida por cada notificación de multa por incumplimiento y su consiguiente recurso por parte de la empresa, ha estado permitiendo alargar los plazos y el mantenimiento del vertido ilegal in situ. El Ayuntamiento de Donostia, conocedor de la vigente ilegalidad,  se ha hallado hasta la fecha cooperando en la redacción y tramitación de la MPGOU para hacer el macroparque comercial BELARTZA-2. La  llegada de la Aprobación Inicial de BELARTZA -2 previa obligación legal impositiva  de ejecución subsidieria de retirada del vertido,  hubiese supuesto la legalización del uso de los materiales vertidos, al estar contemplada ésta en el proyecto BELARTZA2. Debido a aspectos como estos que aputan hacia un favorecimiento de los intereses privados sobre el interés general,  os adjuntamos un documento conteniendo  cronologia resumida de algunas de las iregularidades e ilegalidades cometidas por el Ayuntamiento de Donostia y los promotores VUSA para vuestro análisis y  conclusiones. . El ayuntamiento tenía la previsión de embolsarse al menos 7 millones de euros con este proyecto de BELARTZA-2.

Belartza 2 Gelditu y Haritzalde han pedido al Alcalde, Concejales, responsables de urbanismo y Consejo Sectorial de Medio Ambiente la ejecución subsidiaraia de retirada del vertido una y otra vez, dados los graves daños que se están ocasionando sobre el medio ambiente.
En base a los vigentes expedientes municipales  de demolición y restitución al estado anterior y sancionador y en cumplimiento de la sentencia 291/2019  del TSJPV  solicitamos:


1.-  Que el Ayuntamiento proceda sin demora a la ejecución subsidiaria para la cual tiene total postetad en vez de a poner otra nueva multa a los promotores.
2.- Que el Ayuntamiento encargue sin demora el proyecto de regeneración de la zona.
3.- Que el Ayuntamiento porga en marcha sin demora el concurso público y licitación para la ejecución del proyecto de restitución al estado original.

La recuperación del entorno  ilegalmente destrozado no puede atrasarse más, debiendo volver a su estado natural. Exigimos al Ayuntamiento  la responsabilidades sobre la  reparación de todos los daños sobre el medio ambiente y paisaje derivados de su actuación negligente ratificada en el TSJPV.
Tras tres años de denuncias y la demanda de Haritzalde al Ayuntamiento de Donostia por amparar una actuación ilgal con la concesión de una licencia de obra municipal ilegal,  la sentencia del TSJPV reconoce sin dudas de hecho ni de derecho la disconformidad de la misma  a la legalidad urbanística, sin amparo en la regulación normativa vigente y aplicable.

Se establece en dicha de sentencia de condena al Ayuntamiento de Donostia, la obligación  de restablecer la situación derivada de la ejecución de la licencia ilegal anulada.
La condena en costas al Ayuntamiento por el TSJPV,  según el artículo 139 de la Ley de Jurisdicción, se impone cuando el órgano jurisdiccional entiende que el condenado  ha sostenido su acción con mala fe o temeridad.


La lista de actuacionesnegligentes es larga y como demandantes y denunciantes de todas las ilegalidades e irregularidades que han existido durante todo el proceso y a las que no se ha dado respuesta, solicitamos una comisión de investigación municipal para determinar y depurar todas las reponsabilidades existidas.


Rueda de prensa hoy, tres años y dos meses despúes del inicio de los actos ilegales


                En Donostia, a 27 de junio de 2019.