BELARTZA 2: CRONOLOGIA DE
ILEGALIDADES E IRREGULARIDADES
• ABRIL 2016: comienzan las obras Mercadona en una
antigua cantera, con sendos informes de existencia de suelos contaminados de
la Guardia Municipal en su haber.
Las decenas de miles de toneladas de residuos extraídas de la excavación deberían haber sido
trasladadas a un vertedero autorizado, en su lugar, un flujo incesante de
camiones vierte los residuos, presumiblemente contaminados, sobre un
hábitat
de interés
comunitario, en una zona de campiña de Belartza Alto, sin ningún tipo de licencia. Para ello talan
arbolado, hacen pistas ilegales, sepultan un cauce de agua permanente y
revalorizan los residuos en áridos triturados in situ, a cielo abierto, con
importante impacto ambiental sobre medio flora y fauna. El vertido, de más de 115000m3, alcanza las 4 hectáreas de extensión y más de 7 metros de
altura.
Los
vecinos y ecologistas denuncian los hechos llamando a Guardia Municipal, por
registro múltiples veces en el
Ayuntamiento, en Diputación, Gobierno Vasco,
Ertzaintza y Ararteko. La administración competente es el Ayuntamiento que, pese al conocimiento de
los hechos, no paraliza los trabajos y los camiones siguen depositando los
materiales sin interrupción.
Ecologistas y vecinos, indefensos, se unen en rueda de prensa
denunciando públicamente los
hechos. Enrique Ramos, Concejal de Urbanismo, emite inmediatamente una licencia
de Obra Mayor, pero no suspende las obras clandestinas. Ramos firma la licencia
para un vertido temporal de 20 meses, antes de cuyo fin el lugar debe ser
repuesto a su estado original.
Los
promotores, meses antes, habían solicitado hacer
el vertido, pero el Ayuntamiento defendía que ‘la solicitud se había perdido’; los ecologistas y vecinos, asesorados jurídicamente, sospechan del inusual ‘extravío’
del documento con entrada por registro, al
tratarse de una obra no legalizable. Así, el extravío de la solicitud
evitaría un pronunciamiento
previo en sentido negativo, lo cual hubiese impedido la lucrativa jugada a la
empresa.
Haritzalde Naturzaleen Elkartea recurre la licencia en el Juzgado por
la vía
contencioso administrativa y la Ertzaintza, al ver indicios de delito, traslada
a Fiscalía los hechos que ahora están en instrucción penal.
Los promotores además trasladan residuos del vertido a la urbanización de Arbaizenea, a terrenos bajo la autovía en Astigarraga y a una parcela privada en
Orio.
• 25 DE MAYO DE 2016. El BOG publica la licitación del contrato de las obras de Mercadona, las obras de urbanización y su consiguiente vertido ilegal han estado dos meses ejecutándose ilegalmente, sin contrato y sin el
preceptivo concurso público. Debido a nuestra denuncia, el Ayuntamiento suspende la obra pero
la suspensión
se incumple y el Ayuntamiento no abre expediente sancionador por ello.
• 31 DE OCTUBRE DE 2016. La Plataforma BELARTZ 2 GELDITU denuncia que la empresa extralimita el condicionado del
vertido. El ayuntamiento suspende la obra.
• 19 DE ENERO DE 2017. La empresa mete por registro municipal un
documento <comprometiéndose a retirar
todo el vertido antes del 31 de julio
2017 a cambio del levantamiento de la suspensión>.
• 02 DE AGOSTO DE 2017. Los promotores meten por Registro una solicitud de autorización para el mantenimiento del vertido en el lugar. Paralelamente meten por registro la documentación para iniciar el trámite de la MPGOU y hacer un macropolígono comercial, Belartza 2, para lo que incluyen y justifican
necesitar el material del vertido para su balance de tierras. El vertido sigue teniendo
una licencia temporal recurrida en tribunales, a espera de sentencia, al ser
considerada contraria a la Ley.
• 25 DE SEPTIEMBRE DE 2107. El Técnico Jurídico
Municipal resuelve denegar la autorización para mantener el vertido.
• 26 ENERO DE 2018. Los
promotores no retiran el vertido en los 20 meses y el Ayuntamiento dicta una orden de demolición y reposición al estado original en el plazo de
UN MES.
Se advierte que el
incumplimiento dará lugar a sucesivas multas coercitivas y el
traslado al Ministerio Fiscal de existir indicios de delito de desobediencia.
23 FEBRERO 2018. La empresa hace alegaciones al expediente de la obra clandestina,
alegando que necesita los materiales para Belartza2 y que el Ayuntamiento es
conocedor de esa realidad al estar cooperando con la sociedad en la promoción de la nueva ordenación. Alega el grave perjuicio económico que supondría a la Sociedad.
25 FEBRERO 2018. El
Ayuntamiento incoa el procedimiento sancionador por no haber retirado el
vertido de tamaño de 4 estadios de
Anoeta y 7 metros de altura con materiales de la cantera de Mercadona,
presumiblemente contaminados.
28 FEBRERO 2018. Los promotores presentan un recurso de reposición a
la orden municipal que dicta retirar el vertido y devolver el lugar al estado
original.
08 MARZO DE 2018. El Técnico Jurídico
Municipal DESESTIMA el recurso ratificando que el vertido ha de ser retirado y devuelto a su
estado original el medio alterado.
12 MARZO DE 2018. El ayuntamiento emite una propuesta de sanción
de sólo
4000€ a la no retirada del vertido, pese a reconocer
los daños
a intereses públicos
al degradar se el paisaje, no se hace valoración de los daños ambientales objetivos y objetivables, un
entorno natural con fauna protegida y el cauce sepultado.
13 MARZO 2018. El ayuntamiento convoca con una semana de antelación la reunión informativa a la ciudadanía de la aprobación del macropolígono comercia Belartza 2 colgando un borrador técnico e incomprensible de la MPGOU en su web. El proyecto cuadriplica la ampliación de suelo comercial de Garbera y es de impacto sobre toda la ciudad,
pero su convocatoria se limita a algunos portales del barrio de Añorga, con 5 días de antelación. La convocatoria
no es publicitada en prensa y la ciudadanía no puede participar ni ser informada del proyecto. Tampoco las
asociaciones de pequeño comercio,
gravemente afectadas por la construcción
de este megaparque comercial de Donostia. La sesión informativa a la ciudadanía supone el único lugar y momento
donde se recogen las aportaciones ciudadanas en la elaboración del proyecto en el marco del preceptivo
Programa de Participación Ciudadana, exigido
necesariamente para la aprobación el proyecto.
En
el seno de dicha sesión, en respuesta a las preguntas de los asistentes
los promotores manifiestan: <no vamos a negar que los materiales se
vertieron con intencionalidad para
usarlos en la nueva ordenación> o construcción del macropolígono Belartza 2. El
abogado de la sociedad informa que <no sacarán el vertido> y
manifiesta, ante la perplejidad de los asistentes, que <‘las sentencias
tardan lo que tardan y esto va para adelante’>.
A tal afirmación se le pregunta al concejal Enrique Ramos si el Ayuntamiento obligará
a la empresa a sacar los materiales; se le
pregunta si condicionará sacar el vertido (cumpliendo su propia resolución), a seguir con las negociaciones de la redacción del macroproyecto; se le pregunta si el Ayuntamiento, ante tal
negativa, ejercerá su potestad de iniciar inmediatamente la ejecución subsidiaria y retirada de los materiales con
cargo a la empresa. El Concejal, evitando responder directamente, dice:<nos
limitaremos a cumplir los plazos legales>. Se le vuelve a preguntar si el
Ayuntamiento, con plena potestad y capacidad para impedirlo, permitiría a los promotores empezar a hacer uso del
vertido, pese a que los promotores recurran vía contencioso la resolución del Ayuntamiento. Su respuesta es la misma: nos limitaremos a
cumplir los plazos legales.
Enrique Ramos, como responsable máximo de las decisiones de Urbanismo, puede hacer
cumplir la orden de retirada del vertido como exige la Ley o, en su defecto,
puede optar por la vía de ejecución subsidiara con cargo a la empresa. Pero es que
además tiene plena
facultad, en el seno de sus negociaciones y cooperación con los promotores para Belartza 2, para condicionar la tramitación al cumplimiento de la retirada de los
materiales resuelta por el Ayuntamiento, por su propio Departamento.
De la misma manera, Enrique Ramos tiene plena
capacidad para realizar una segunda sesión informativa del Proceso de Participación
Ciudadana, habida cuenta de la falta de publicidad y las deficiencias
denunciadas en la exposición del documento. La
Ley exige al menos una sesión, pero no impide la
celebración de una segunda o
de poder realizar las aportaciones ciudadanas por escrito, que hasta ahora es a
lo que edil se opone. Si el Concejal representara realmente a los ciudadanos
y velara por el interés
general, no dudamos en que dicha sesión ciudadana se celebraría, así como
la inmediata retirada de los residuos.
Los nuevos documentos aportados por las partes, así
como las manifestaciones de propiedad y Concejal en la polémica y criticada
Reunión de Participación, serán trasladados a Fiscalía por la Plataforma
Belartza 2 Gelditu, al considerarse acreditado el dolo del delito ambiental
denunciado, así como la existencia, a nuestro entender, de claros indicios de
un posible delito de prevaricación.
El
reconocimiento de la intencionalidad del vertido, su deliberada inclusión en el macroproyecto pese ostentar una licencia
temporal que obliga a su retirada y restauración (que además se halla recurrida
en Tribunales por considerarla ilegal),
forma parte de la política de hechos consumados
denunciada por la Plataforma 2 Gelditu desde el año 2016, en el que comenzaron a sucederse las continuas irregularidades
por parte de los promotores de Mercadona y Belartza2.
Teléfono: 681214089
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