martes, 20 de marzo de 2018

CRONOLOGIA DE ILEGALIDADES E IRREGULARIDADES


BELARTZA 2: CRONOLOGIA DE ILEGALIDADES E IRREGULARIDADES


   ABRIL 2016: comienzan las obras Mercadona en una antigua cantera, con sendos informes de existencia de suelos contaminados de la Guardia Municipal en su haber.
               
Las decenas de miles de toneladas de residuos extraídas de la excavación deberían haber sido trasladadas a un vertedero autorizado, en su lugar, un flujo incesante de camiones vierte los residuos, presumiblemente contaminados, sobre un hábitat de interés comunitario, en una zona de campiña de Belartza Alto, sin ningún tipo de licencia. Para ello talan arbolado, hacen pistas ilegales, sepultan un cauce de agua permanente y revalorizan los residuos en áridos  triturados in situ, a cielo abierto, con importante impacto ambiental sobre medio flora y fauna. El vertido, de más de 115000m3, alcanza las 4 hectáreas de extensión y más de 7 metros de altura.



         Los vecinos y ecologistas denuncian los hechos llamando a Guardia Municipal, por registro múltiples veces en el Ayuntamiento, en Diputación, Gobierno Vasco, Ertzaintza y Ararteko. La administración competente es el Ayuntamiento que, pese al conocimiento de los hechos, no paraliza los trabajos y los camiones siguen depositando los materiales sin interrupción.

                Ecologistas y vecinos, indefensos, se unen en rueda de prensa denunciando públicamente los hechos. Enrique Ramos, Concejal de Urbanismo, emite inmediatamente una licencia de Obra Mayor, pero no suspende las obras clandestinas. Ramos firma la licencia para un vertido temporal de 20 meses, antes de cuyo fin el lugar debe ser repuesto a su estado original.

         Los promotores, meses antes, habían solicitado hacer el vertido, pero el Ayuntamiento defendía que la solicitud se había perdido; los ecologistas y vecinos, asesorados jurídicamente, sospechan del inusual extravío del documento con entrada por registro, al tratarse de una obra no legalizable. Así, el extravío de la solicitud evitaría un pronunciamiento previo en sentido negativo, lo cual hubiese impedido la lucrativa jugada a la empresa.

                Haritzalde Naturzaleen Elkartea recurre la licencia en el Juzgado por la vía contencioso administrativa y la Ertzaintza, al ver indicios de delito, traslada a Fiscalía los hechos que ahora están en instrucción penal.

                Los promotores además trasladan residuos del vertido a la urbanización de Arbaizenea, a terrenos bajo la autovía en Astigarraga y a una parcela privada en Orio.

   25 DE MAYO DE 2016. El BOG publica la licitación del contrato de las obras de Mercadona, las obras de urbanización y su consiguiente vertido ilegal han estado dos meses ejecutándose ilegalmente, sin contrato y sin el preceptivo concurso público. Debido a nuestra denuncia, el Ayuntamiento suspende la obra pero la suspensión se incumple y el Ayuntamiento no abre expediente sancionador por ello.

      31  DE OCTUBRE DE 2016. La Plataforma BELARTZ 2 GELDITU denuncia  que la empresa extralimita el condicionado del vertido. El ayuntamiento suspende la obra.

  19 DE ENERO DE 2017. La empresa mete por registro municipal un documento  <comprometiéndose a retirar  todo el vertido antes del 31 de julio  2017 a cambio del levantamiento de la suspensión>.

   02 DE AGOSTO DE 2017. Los promotores meten por Registro una solicitud de autorización para el mantenimiento del vertido en el lugar. Paralelamente meten por registro la documentación para iniciar el trámite de la MPGOU y hacer un macropolígono comercial, Belartza 2, para lo que incluyen y justifican necesitar el material del vertido para su balance de tierras. El vertido sigue teniendo una licencia temporal recurrida en tribunales, a espera de sentencia, al ser considerada contraria a la Ley.

   25  DE SEPTIEMBRE DE 2107. El Técnico Jurídico Municipal resuelve denegar la autorización para mantener el vertido.

    26  ENERO DE 2018.  Los promotores no retiran el vertido en los 20 meses y el  Ayuntamiento dicta una orden de demolición y reposición al estado original en el plazo de UN MES.

Se advierte que el incumplimiento dará lugar a sucesivas multas coercitivas y el traslado al Ministerio Fiscal de existir indicios de delito de desobediencia.

23 FEBRERO 2018. La empresa hace alegaciones al expediente de la obra clandestina, alegando que necesita los materiales para Belartza2 y que el Ayuntamiento es conocedor de esa realidad al estar cooperando con la sociedad en la promoción de la nueva ordenación. Alega el grave perjuicio económico que supondría a la Sociedad.

25 FEBRERO 2018. El Ayuntamiento incoa el procedimiento sancionador por no haber retirado el vertido de tamaño de 4 estadios de Anoeta y 7 metros de altura con materiales de la cantera de Mercadona, presumiblemente contaminados.

28 FEBRERO 2018. Los promotores presentan un recurso de reposición a la orden municipal que dicta retirar el vertido y devolver el lugar al estado original.

08 MARZO DE 2018. El Técnico Jurídico Municipal DESESTIMA el recurso ratificando que el  vertido ha de ser retirado y devuelto a su estado original el medio alterado.

12 MARZO DE 2018. El ayuntamiento emite una propuesta de  sanción de sólo 4000 a la no retirada del vertido, pese a reconocer los daños a intereses públicos al degradar se el paisaje, no se hace valoración de los daños ambientales objetivos y objetivables, un entorno natural con fauna protegida y el cauce sepultado.

13 MARZO 2018. El ayuntamiento convoca con una semana de antelación la reunión informativa a la ciudadanía de la aprobación del macropolígono comercia Belartza 2 colgando un borrador técnico e incomprensible de la MPGOU en su web. El proyecto cuadriplica la ampliación de suelo comercial de Garbera y es de impacto sobre toda la ciudad, pero su convocatoria se limita a algunos portales del barrio de Añorga, con 5 días de antelación. La convocatoria no es publicitada en prensa y la ciudadanía no puede participar ni ser informada del proyecto. Tampoco las asociaciones de pequeño comercio, gravemente afectadas por la construcción de este megaparque comercial de Donostia. La sesión informativa a la ciudadanía supone el único lugar y momento donde se recogen las aportaciones ciudadanas en la elaboración del proyecto en el marco del preceptivo Programa de Participación Ciudadana, exigido necesariamente para la  aprobación el proyecto.

                En el seno de dicha sesión, en respuesta a las preguntas de los asistentes los promotores manifiestan: <no vamos a negar que los materiales se vertieron con   intencionalidad para usarlos en la nueva ordenación> o construcción del macropolígono Belartza 2. El abogado de la sociedad informa que <no sacarán el vertido> y manifiesta, ante la perplejidad de los asistentes, que <‘las sentencias tardan lo que tardan y esto va para adelante’>.

                A tal afirmación se le pregunta al concejal Enrique Ramos si el Ayuntamiento obligará a la empresa a sacar los materiales; se le pregunta si condicionará sacar el vertido (cumpliendo su propia resolución), a seguir con las negociaciones de la redacción del macroproyecto; se  le pregunta si el Ayuntamiento, ante tal negativa, ejercerá su potestad de iniciar inmediatamente la ejecución subsidiaria y retirada de los materiales con cargo a la empresa. El Concejal, evitando responder directamente, dice:<nos limitaremos a cumplir los plazos legales>. Se le vuelve a preguntar si el Ayuntamiento, con plena potestad y capacidad para impedirlo, permitiría a los promotores empezar a hacer uso del vertido, pese a que los promotores recurran vía contencioso la resolución del Ayuntamiento. Su respuesta es la misma: nos limitaremos a cumplir los plazos legales.

                Enrique Ramos, como responsable máximo de las decisiones de Urbanismo, puede hacer cumplir la orden de retirada del vertido como exige la Ley o, en su defecto, puede optar por la vía de ejecución subsidiara con cargo a la empresa. Pero es que además tiene plena facultad, en el seno de sus negociaciones y cooperación con los promotores para Belartza 2, para condicionar la tramitación al cumplimiento de la retirada de los materiales resuelta por el Ayuntamiento, por su propio Departamento.

                De la misma manera, Enrique Ramos tiene plena capacidad para realizar una segunda sesión informativa del Proceso de Participación Ciudadana, habida cuenta de la falta de publicidad y las deficiencias denunciadas en la exposición del documento. La Ley exige al menos una sesión, pero no impide la celebración de una segunda o de poder realizar las aportaciones ciudadanas por escrito, que hasta ahora es a lo que edil se opone. Si el Concejal representara realmente a los ciudadanos y velara por el interés general, no dudamos en que dicha sesión ciudadana se celebraría, así como la inmediata retirada de los residuos.

                Los nuevos documentos aportados por las partes, así como las manifestaciones de propiedad y Concejal en la polémica y criticada Reunión de Participación, serán trasladados a Fiscalía por la Plataforma Belartza 2 Gelditu, al considerarse acreditado el dolo del delito ambiental denunciado, así como la existencia, a nuestro entender, de claros indicios de un posible delito de prevaricación.

         El reconocimiento de la intencionalidad del vertido, su deliberada inclusión en el macroproyecto pese ostentar una licencia temporal que obliga a su retirada y restauración (que además se halla recurrida en Tribunales por considerarla ilegal),    forma parte de la política de hechos consumados denunciada por la Plataforma 2 Gelditu desde el año 2016, en el que comenzaron a sucederse las continuas irregularidades por parte de los promotores de Mercadona y Belartza2.




BELARTZA 2 GELDITU PLATAFORMA  
Teléfono:    681214089

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